por Maria Pavlova, TI-Bulgaria
La protección de los denunciantes en la Unión Europea se ha convertido en un elemento central del marco jurídico destinado a salvaguardar el interés público y reforzar el Estado de Derecho. Las personas que denuncian infracciones como la corrupción, el fraude o el abuso de poder contribuyen directamente al cumplimiento de las normas jurídicas al sacar a la luz violaciones que, de otro modo, podrían pasar desapercibidas. Por consiguiente, su protección no es meramente una opción política, sino una necesidad jurídica para el funcionamiento eficaz de los mecanismos anticorrupción.
Este reconocimiento sustenta la adopción de la Directiva (UE) 2019/1937 sobre la protección de las personas que denuncian infracciones del Derecho de la Unión. La Directiva establece normas mínimas en todos los Estados miembros, incluidas las obligaciones de crear canales de denuncia seguros, garantizar la confidencialidad y proporcionar protección contra las represalias. Su objetivo es facilitar la denuncia de conductas ilícitas y, de ese modo, mejorar el cumplimiento del Derecho de la UE.
Sin embargo, la evolución desde la entrada en vigor de la Directiva indica que la mera existencia de un marco jurídico no garantiza una aplicación efectiva.
El Índice de Percepción de la Corrupción como indicador de la eficacia jurídica
El Índice de Percepción de la Corrupción (IPC), elaborado por Transparency International, sirve como referencia ampliamente reconocida para evaluar los niveles percibidos de corrupción en el sector público. Aunque no es una medida directa del cumplimiento de la ley, constituye un indicador importante de la eficacia de los marcos anticorrupción en la práctica.
Entre 2019 y 2025, los datos del IPC revelan una tendencia de estancamiento generalizado en toda la Unión Europea, lo que sugiere un avance limitado en la reducción de la corrupción a pesar de la introducción de nuevos instrumentos jurídicos, incluida la Directiva (UE) 2019/1937.
El Informe sobre el Estado de Derecho de Liberties 2025 identifica varios problemas comunes en Bulgaria, la República Checa, Grecia, Rumanía y España que afectan a los esfuerzos anticorrupción y a la protección de los denunciantes.
En primer lugar, muchos de estos países muestran un estancamiento en las reformas, lo que significa que se adoptan cambios legales, pero estos no se traducen en mejoras reales en la práctica.
La aplicación de las medidas anticorrupción sigue siendo débil. Las investigaciones suelen ser lentas, las sanciones son inconsistentes y los organismos de supervisión pueden carecer de independencia o de recursos suficientes.
Persisten las preocupaciones sobre la independencia judicial, incluidas las presiones políticas y las debilidades estructurales que socavan la confianza en el sistema judicial.
Otra cuestión clave es la limitada aplicación de las recomendaciones de la UE, ya que muchas reformas se retrasan, se repiten o solo se llevan a cabo parcialmente.
Por último, persiste una brecha entre la ley y la práctica. Si bien existen marcos jurídicos que incluyen protecciones para los denunciantes, a menudo no son plenamente eficaces en la realidad. Esto se ve reforzado por la escasa confianza de la ciudadanía y por entornos que pueden desalentar la denuncia de irregularidades.
Estos retos ponen de relieve un problema: sin una aplicación efectiva y unas instituciones sólidas, las protecciones legales por sí solas no bastan para reducir la corrupción ni para garantizar que los denunciantes estén verdaderamente protegidos.
Desde una perspectiva jurídica, esto suscita inquietudes respecto a la eficacia práctica (effet utile) de la Directiva y al grado en que sus objetivos se están alcanzando a nivel nacional.
Panorama comparativo de la evolución del IPC (2019-2025)
Un análisis de las puntuaciones del IPC en los Estados miembros que participan en el proyecto Voice Guard —Bulgaria, la República Checa, Rumanía, Grecia, España y Luxemburgo— ilustra resultados divergentes en la aplicación de las medidas anticorrupción.
El IPC clasifica a 182 países y territorios de todo el mundo según sus niveles percibidos de corrupción en el sector público. Los resultados se expresan en una escala de 0 (altamente corrupto) a 100 (muy limpio).
Estados miembros que muestran un progreso relativo
Grecia
2019: 48 | 2020: 50 | 2021: 49 | 2022: 52 | 2023: 49 | 2024-2025: 49
República Checa
2019: 56 | 2020: 54 | 2021: 54 | 2022: 56 | 2023: 57 | 2024–2025: 56–57
Estas tendencias sugieren un cierto grado de alineación entre las reformas legislativas y su aplicación práctica, aunque las mejoras siguen siendo limitadas.
Estados miembros que muestran estancamiento
Rumanía
2019: 44 | 2020: 44 | 2021: 45 | 2022: 46 | 2023: 46 | 2024: 46 | 2025: 45
España
2019: 62 | 2020: 62 | 2021: 61 | 2022: 60 | 2023: 60 | 2024–2025: 60
La ausencia de avances significativos en estas jurisdicciones plantea dudas sobre la eficacia de la transposición y la aplicación de la Directiva, así como sobre la integridad general de los sistemas nacionales de lucha contra la corrupción.
Bulgaria: Estado miembro que muestra estancamiento y retroceso
2019: 43 | 2020: 44 | 2021: 42 | 2022: 43 | 2023: 45 | 2024: 43 | 2025: 40
Una jurisdicción de alto rendimiento
Luxemburgo
2019: 80 | 2020: 80 | 2021: 81 | 2022: 77 | 2023: 78 | 2024–2025: ~78–80
Si bien Luxemburgo mantiene una alta clasificación en el IPC, la falta de nuevas mejoras refleja la tendencia general en toda la UE de avances limitados.
Retos jurídicos en la aplicación de la Directiva (UE) 2019/1937
A pesar del carácter vinculante de la Directiva, su aplicación en los Estados miembros ha puesto de manifiesto varias deficiencias estructurales y jurídicas:
1. Transposición retrasada e incompleta
Algunos Estados miembros no transpusieron la Directiva dentro del plazo establecido, lo que suscitó inquietudes respecto al cumplimiento de las obligaciones de la UE en virtud del artículo 288 del TFUE.
2. Deficiencias en los mecanismos de aplicación
En varias jurisdicciones, las medidas de protección existen formalmente, pero carecen de una aplicación efectiva. Esto socava el objetivo de la Directiva de garantizar una protección real y efectiva contra las represalias.
3. Limitaciones institucionales
Las autoridades competentes encargadas de recibir e investigar las denuncias suelen carecer de la independencia, los conocimientos especializados o los recursos suficientes, lo que afecta a su capacidad para garantizar un seguimiento adecuado.
4. Incertidumbre jurídica y fragmentación
Las divergencias en las medidas nacionales de transposición han dado lugar a incoherencias en el alcance y el nivel de protección, lo que podría socavar el objetivo de armonización de la Directiva.
5. Efecto disuasorio sobre la denuncia
Los riesgos persistentes de represalias y la confianza insuficiente en las garantías institucionales contribuyen a un efecto disuasorio, lo que limita el uso práctico de los mecanismos de denuncia.
El vínculo jurídico entre la protección de los denunciantes y la eficacia de la lucha contra la corrupción
Desde un punto de vista jurídico, la protección de los denunciantes funciona como un mecanismo de aplicación de la ley que complementa los sistemas reguladores y de supervisión tradicionales. Al permitir que las personas denuncien las infracciones, facilita la detección y la sanción de las conductas ilícitas.
Cuando dicha protección resulta ineficaz, la cadena de aplicación de la ley se ve interrumpida:
- las infracciones no se denuncian,
- las autoridades no pueden actuar, y
- las normas jurídicas no se respetan de manera efectiva.
Por lo tanto, el estancamiento observado en las puntuaciones del IPC en toda la UE puede interpretarse como un indicador de deficiencias en esta cadena de aplicación de la ley.
La Directiva (UE) 2019/1937 representa un avance significativo en el marco jurídico de la UE para la protección de los denunciantes y la promoción de la transparencia. Sin embargo, su eficacia depende en última instancia de una transposición adecuada, una aplicación coherente y una ejecución firme a nivel nacional.
La persistencia de los retos relacionados con la corrupción, tal y como reflejan los datos del IPC, demuestra que la mera existencia de normas jurídicas es insuficiente. La protección efectiva de los denunciantes es una condición e e necesaria para garantizar el cumplimiento de las leyes anticorrupción y para salvaguardar el interés público.
En este contexto, reforzar la aplicación y el cumplimiento de las medidas de protección de los denunciantes no es solo una cuestión de cumplimiento legal, sino un requisito previo para la credibilidad y la eficacia de la estrategia anticorrupción más amplia de la Unión Europea.
Referencias
Unión de Libertades Civiles para Europa (2025), Informe sobre Libertades y Estado de Derecho 2025
Transparency International (2019-2025), Índice de Percepción de la Corrupción




